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Nuevo sistema de suministro de información inmediata


    Para el día 1 de julio de 2017 está previsto que empiece a funciona el nuevo sistema de llevanza de los libros registro en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, permitirá disponer de información suficiente y de calidad como para, no solo facilitar el control y la prevención del fraude fiscal, objetivos prioritarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sino también para poder ofrecer una herramienta de asistencia al contribuyente en la elaboración de sus declaraciones por el Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

    Desde esa fecha la obligación de la llevanza de los libros registro obligatorios (expedidas, recibidas, bienes inversión y oper. Intracom.), se realizará a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación, por los empresarios o profesionales y otros sujetos pasivos del Impuesto que presenten liquidaciones mensuales, es decir, grandes empresa, inscritos en el registro de devoluciones mensuales y aquellos otros que opten por el nuevo sistema.

 

    Todos aquellos sujetos pasivos obligados a aplicar este sistema de suministro de información inmediata (SSII) quedan exonerados de la obligación de presentar los modelos 340, 347 y , posiblemente el 390.

    El envío de esta información podrá realizarse a través de Servicios web o utilizando el formulario publicado en la Sede electrónica de la AEAT. En el caso de que la información se envíe a través de los Servicios web, deberá suministrarse atendiendo al formato y diseño de los mensajes informáticos que consten en la Sede electrónica de la AEAT.

    Existe la obligación de remitir los registros de facturación correspondientes al primer semestre de 2017 durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2017.

    Adjuntamos borrador de la Orden de desarrollo.

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