NUEVOS PLAZOS EN APLAZAMIENTOS Y FRACCIONAMIENTOS
Hace unas semanas el Gobierno aprobó una modificación de la Ley General Tributaria en lo relativo al régimen de los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias.
En virtud de dicha modificación los plazos máximos de los aplazamientos y fraccionamientos quedan según les detallamos a continuación:
- Deudas con dispensa de garantía (hasta 30.000 €): el plazo máximo para el pago será de 6 meses
- Deudas con garantía consistente en hipoteca, prenda o fianza personal y solidaria: plazo máximo de pago de 6 meses
- Deudas con garantía consistente en aval solidario o certificado de seguro de caución: plazo máximo de pago de 9 meses
- Deudas superiores a 30.000 € con dispensa de garantía cuando el obligado carezca de bienes para garantizar la deuda y la ejecución de su patrimonio pudiera afectar al mantenimiento de la capacidad productiva: plazo máximo de pago de 12 meses
Estas modificaciones entrarán en vigor para todas aquellas solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento que se presenten a partir del 1 de enero de 2023.
